Presidio perpetuo simple para femicida de Coronel

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Molina Lagos de 47 años podría acceder a beneficios carcelarios tras cumplir 20 años de prisión, según sentencia firme y ejecutoriada. Tribunal penquista valoró contexto de violencia física y psicológica en asesinato de Mariela Fuentealba Delgado por su esposo. Familia de la víctima preocupada por posible recurso de nulidad. Tras anunciar fin de la relación, mujer fue brutalmente asesinada y denigrada en redes sociales por su agresor, sin mostrar remordimiento.

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A presidio perpetuo simple fue condenado Renato Molina Lagos por el femicidio de su esposa en Coronel. La familia si bien manifestó conformidad con la sentencia, manifestaron su preocupación ante un eventual recurso de nulidad que presente la defensa del autor del crimen.

Si la sentencia se declara firme y ejecutoriada, Molina Lagos de 47 años podrá acceder a beneficios carcelarios una vez que cumpla 20 años de prisión.

Desde el Ministerio Público valoraron la sentencia decretada por el tribunal penquista, ya que se pudo acreditar que el asesinato se dio en el contexto de violencia física y psicológica, pese a que la víctima nunca denunció hechos de este tipo, durante los 20 años de matrimonio que tuvo con el agresor. Así lo señaló la fiscal de Coronel, Carolina Somorrostro.

Se trata de un caso registrado el 12 de enero de 2023, cuando al interior del domicilio ubicado en la población Frank Mardones, Mariela Fuentealba Delgado de 43 años fue asesinada por su esposo, tras recibir una serie de lesiones en el rostro, las extremidades y el cuello donde, finalmente, murió por asfixia.

Pese a la sentencia, la familia de la mujer asesinada manifestó preocupación ante un eventual recurso de nulidad que presente la defensa del condenado.

Lo anterior, por las atenuantes de este último como la irreprochable conducta anterior y colaboración en el proceso. Un escenario que, esperan, no se concrete, dijo Cristián Fuentealba, hermano de Mariela.

Cabe señalar que previo al fatal desenlace, la mujer le anunció al victimario que terminaría la relación, lo se constata en la resolución, tras el juicio.

Esto al punto que una vez cometido el crimen, el sujeto denigró a su esposa, mediante redes sociales, sin importar que el destinatario de dichos insultos los recibiera sus propio hijo.

“Colabora en la ponderación de la extensión del daño causado la circunstancia que, después que el acusado da muerte a su cónyuge y huye del domicilio, envía a su propio hijo mensajes de audio a través de la plataforma WhatsApp en los cuales, pese a la brutalidad del hecho que acababa de cometer, continúa denigrando a su mujer, le dice a su hijo que su madre se quiere ir, que tiene otra persona, que lo trató mal, que él no da más, sin mostrar atisbo alguno de remordimiento por lo que acaba de hacer y sin importar que el destinatario de tales insultos contra su fallecida cónyuge fuera su propio hijo”, detalla la resolución.