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Feriado irrenunciable: cómo funcionará el comercio para las elecciones de este domingo
21 November 2024 | 21:16
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Este fin de semana se llevarán a cabo nuevas elecciones en Chile con voto obligatorio en 11 regiones para la segunda vuelta de gobernadores regionales. En caso de no votar, la multa actual es de 0,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalente a $$33.314. Sin embargo, existen excepciones para no sufrir esta sanción, como estar enfermo, ausente del país o a más de 200 kilómetros del lugar de votación, cumplir funciones legales específicas o tener impedimentos graves. Aquellos que califiquen para una excusa deben presentar pruebas al juez de policía local competente, siendo necesario en el caso de distancia mayor a 200 km hacerlo el mismo día de la elección ante Carabineros o a través de la Comisaría Virtual.
Este fin de semana se realizarán nuevas elecciones en Chile con voto obligatorio, por la segunda vuelta de gobernadores regionales, en 11 regiones del país, ¿sabes cuál es la multa y si hay posibilidad de excusarse por no votar?
Recordemos que en otras 5 regiones no hay elecciones, ya que en ellas ya se escogió al nuevo Gobernador en las elecciones pasadas de octubre, ya el candidato ganador obtuvo más del 40% de los votos.
Para la realización de las elecciones generales de octubre, donde se escogió a alcaldes, concejales, consejeros regionales y gobernadores, el Congreso y el Ejecutivo crearon una ley que modificó, entre otras cosas, las multas por no votar.
Antes, la sanción por no asistir a entregar el voto en un día de elecciones obligatorias iban desde las 0,5 a 3 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), o sea, entre $33 mil y casi $200 mil.Ahora, la multa por no asistir a votar para las elecciones de segunda vuelta de gobernadores regionales, es de solo 0,5 UTM ($33.314 a la fecha de hoy).
La misma ley indica cuáles son las excepciones y cómo o cuándo excusarse en caso de no poder asistir a votar este domingo.
En concreto, no se aplicará la multa a quienes, el día de la elección:
Se encuentran enfermos. Estén ausentes del país o en una localidad ubicada a más de 200 kilómetros del local de votación. Desempeñen las funciones que encomienda la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios. No puedan cumplir con su obligación por otro impedimento grave.
Según la ley, quienes no vayan a votar por alguna de estas razones, deben presentar las pruebas necesarias ante el juez de policía local competente, “quien apreciará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica”.
Para tener en consideración, solo la excusa de distancia de más de 200 km debe presentarse EL MISMO DÍA domingo 24 de noviembre, de manera presencial ante Carabineros o por medio de Comisaría Virtual. Las demás, ante la autoridad, cuando sean citados legalmente.